PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 19 de septiembre de 2023
INFORMACIÓN:
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.431 Becas de Colaboración para el curso 2023-2024, que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante siete meses y medio a contar desde la fecha de incorporación al departamento correspondiente como becario de colaboración, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén matriculados en el curso 2023-2024.
La colaboración prestada por el becario estará directamente vinculada con sus estudios y no supondrá, en ningún caso, la realización de tareas propias de un puesto de trabajo.
CONVOCA:
Ministerio de Educación y Formación Profesional. Secretaría de Estado de Educación
REQUISITOS:
- 1. Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su
expediente académico los siguientes requisitos:
- a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
- b) Estar matriculado en el curso 2023-2024 en enseñanza oficial de la totalidad de las
asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75
por ciento de la carga lectiva de su titulación.
- c) Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo
anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias
oficiales:
- 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
- 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias
Sociales y Jurídicas
- 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y
8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
- d) En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados,
solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la
que opte a la beca de colaboración.
- 2. Asimismo, podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de
primer curso de Másteres oficiales que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
- a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster
oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin
de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
- b) Estar matriculado en el curso 2023-2024 en enseñanza oficial de la totalidad de las
asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
- c) Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios
universitarios previos que dan acceso al master, la nota media establecida en el
apartado 1 de este artículo en función de la rama de conocimiento de procedencia.
- 3. Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del
solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos
en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus
expedientes académicos.
- 4. Los solicitantes deberán, asimismo, reunir los requisitos que, respecto de la
nacionalidad establece el artículo 4.1 d) del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el
que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
DOTACIÓN:
La dotación total y única de la beca para cada uno de los beneficiarios será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
MÁS INFORMACIÓN:
Secretaría de Estado de Educación
C. de Alcalá, 34
28014 Madrid
Teléfono: 910 83 79 37