PLAZO PRESENTACIÓN:
De 30 de marzo al 12 de mayo de 2022
INFORMACIÓN:
Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2022-2023, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Las becas pueden concederse
- a) para que perciban directamente el importe.
- b) para que lo obtengan mediante exención del pago de un determinado precio por un servicio
académico.
Para el curso académico 2022-2023 y, con cargo a los créditos mencionados en el artículo
anterior se convocan becas sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes
enseñanzas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y
con validez en todo el territorio nacional:
- a) Primer y segundo cursos de bachillerato.
- b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de
formación profesional realizados en los centros docentes militares.
- c) Enseñanzas artísticas profesionales.
- d) Enseñanzas deportivas.
- e) Enseñanzas artísticas superiores.
- f) Estudios religiosos superiores.
- g) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las
administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación
profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de
grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados
concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
- i) Ciclos Formativos de Grado Básico
2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles
y con validez en todo el territorio nacional:
- a) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster,
incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la
defensa y de la guardia civil.
- b) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido
por universidades públicas.
- c) Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos
complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria
las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado,
estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Para cursar en el año académico 2022-2023 las enseñanzas enumeradas en el artículo anterior
se convocan becas que incluirán alguna o algunas de las siguientes cuantías:
1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:
- a) Beca de matrícula.
- b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante.
- c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar.
- d) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico
- e) Beca básica.
2. Cuantía variable. La beca podrá incluir, asimismo, una cuantía variable y distinta para los
diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del
estudiante y de su renta familiar.