AYUDA AL INQUILINO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Obtener ayudas económicas para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.
Requisitos
Excepcionalmente, si las solicitudes cursadas en la presente convocatoria que cumplan lo señalado en el apartado anterior son inferiores al número de ayudas convocadas, podrán resultar beneficiarias aquellas unidades de convivencia cuyos ingresos no superen 3 veces el IPREM.
4. La renta de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento no podrá superar los 500 € mensuales ni exceder del 9%, del precio máximo de referencia establecido para las viviendas de régimen general por Decreto 70/2008, de 23 de junio, de segunda modificación del Decreto 120/2005, de 17 de noviembre, por el que se establecen los precios máximos de venta de las viviendas protegidas de nueva construcción
5. La superficie máxima computable para las viviendas será de 90 m2 de superficie útil, con independencia de que las superficies reales sean superiores.
6. Que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia sea propietario o titular de un derecho real de uso y disfrute de alguna vivienda en España con una cuota de participación del 50% o superior. Se exceptuarán de este requisito quienes acrediten fehacientemente la imposibilidad de disponer de la vivienda por causa de separación o divorcio, o por alguna causa ajena a su voluntad, siempre que no se perciba un beneficio económico por dicha vivienda
7. Ninguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el/la arrendador/a de la vivienda.
8. Ninguno de los miembros de la unidad de convivencia sea socio o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador
9. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
Plazos de solicitud:
Desde:20.06.2017 Hasta: 19.07.2017
Exclusiones
Quedan excluidos de esta ayuda los arrendatarios/as de vivienda de titularidad del Principado de Asturias, de los Ayuntamientos asturianos o de las sociedades y entidades municipales de estos últimos.
Cuantía
Las ayudas tendrán una cuantía máxima total de 12 mensualidades y no podrá exceder del 40% de la renta mensual del alquiler de la vivienda, con un límite de 2.400 €, correspondientes a 12 mensualidades de 200 € cada una.
Periodo subencionable
El periodo de alquiler subvencionable se corresponde al periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.
AYUDAS AL ALQUILER DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE GIJÓN
Este programa está destinado a subvencionar parte del alquiler de la vivienda arrendada y se dirige a satisfacer con carácter prioritario las necesidades de vivienda de las personas incluidas en los siguientes colectivos:
Se complementa con la Ayuda a la Formalización de los Contratos de Alquiler, de manera que al beneficiario de la ayuda también se le abonarán los gastos que conlleve este trámite, es decir, el importe correspondiente al primer mes del arrendamiento, la cantidad como depósito, equivalente a un mes de alquiler y los honorarios de la Agencia Inmobiliaria. Su concesión es independiente de la concesión de la Ayuda de Alquiler. Se concederá en cuantía única, entre 250 y 450 euros.
Para poder solicitar la Ayuda de Alquiler se exige no ser beneficiario/a de ningún otro programa de ayudas al alquiler. La cuantía del alquiler a subvencionar no podrá superar los 450 euros mensuales. La ayuda se concederá inicialmente por un período de 12 meses, siempre que se cumplan todos los requisitos establecidos para ello, pudiendo ser prorrogada, de persisitir la causa que motivo la ayuda, hasta un período máximo de seis años.
Cuantías:
Para más información y trámites puedes dirigirte a:
Empresa Municipal de la Vivienda de Gijón
Avd.Portugal 84, bajo 33207 Gijón
Teléfono: 985182800
*IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)
Se trata de una cantidad que se actualiza cada año, y que sirve para determinar los niveles de ingresos por debajo de los cuales podemos o no acceder a determinadas prestaciones públicas. Esta cantidad esta además ponderada en función del número de personas que integran la unidad familiar y del municipio en el que vayas a alquilar la vivienda.