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Subvenciones

Subvenciones a Entidades Juveniles para acciones de promoción de la emancipación juvenil (empleo y vivienda). Principado de Asturias

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 14 de junio de 2022

INFORMACIÓN:

La Consejería de Presidencia, a través de la Dirección General de Juventud, Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, acaba de aprobar la Convocatoria de subvenciones a Entidades Juveniles del Principado de Asturias para para la realización de acciones conducentes a la promoción de la emancipación juvenil (empleo y vivienda) durante 2022.

Se subvencionarán aquellos proyectos que incluyan acciones dirigidas a jóvenes comprendidos entre 16 y 35 años que faciliten el acceso al empleo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y a una vivienda en condiciones dignas y de calidad.

En materia de empleo, las actividades irán dirigidas a la atención, información, asesoramiento, monitoreo, acompañamiento y formación, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y en relación con sus derechos laborales.

En materia de vivienda, se ofrecerá información y orientación para el acceso a la vivienda, así como asesoramiento económico, jurídico y constructivo para el acceso a la misma. 

Cada asociación-sección juvenil o entidad prestadora de servicios a la juventud podrá presentar un único proyecto que será además incompatible con la concesión de otras subvenciones convocadas por la Consejería de Presidencia a través de los presupuestos asignados al Instituto Asturiano de la Juventud.  

CONVOCA:

Consejería de Presidencia 

REQUISITOS:

  • Podrán solicitar subvenciones objeto de las presentes bases las siguientes entidades:
    • a) Asociaciones Juveniles.
    • b) Secciones Juveniles de las demás Asociaciones, siempre que tengan reconocidas estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
    • c) Aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplada la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.
  • Todas ellas deberán estar inscritas con anterioridad a la publicación del extracto de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Registro de Entidades Juveniles del Principado de Asturias, regulado por Decreto 51/1985, de 16 de mayo.
  • Las entidades beneficiarias no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS para obtener dicha condición.

Proyectos subvencionables.

  • 1. Cada asociación-sección juvenil y entidad prestadora de servicios a la juventud podrá solicitar subvención para el máximo de proyectos que determine la respectiva convocatoria.
  • 2. Podrán ser subvencionados los proyectos que se presenten y sean viables en función de la documentación aportada. Para que un proyecto sea considerado viable habrá de obtener un mínimo de 50 puntos en la calificación que efectúe la Comisión de Evaluación y Selección prevista en la base undécima, encargada de su valoración.
  • 3. Las subvenciones a conceder se determinan tras la valoración de los proyectos presentados, de acuerdo con los criterios señalados en la base siguiente, en función del orden que resulte de la valoración de los proyectos, con arreglo a los límites fijados en la convocatoria y hasta que se agote el crédito disponible para cada programa. 

DOTACIÓN:

Hasta 6.000 euros 

MÁS INFORMACIÓN:  

Instituto Asturiano de la Juventud
Pl. Paz, nº 9, 1ª Planta
33006 Oviedo, Asturias
Teléfono985 10 83 57

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