Te preguntarás: ¿qué gastos puedo hacer con el Bono?
El gasto lo tendrás que realizar en entidades y comercios adscritos al Bono Cultural Joven. Están todavía apuntándose, por lo que no hay todavía listado, aunque sí se sabe que los museos, bibliotecas, etc.., adscritos al Ministerio de Cultura si estarán incluidos.
Las entidades y comercios deberán señalar que admiten el pago con el Bono.
Las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha en que te concedieron el Bono. Si no lo has gastado en ese plazo ya no podrás ya que se desactiva.
Para que el gasto este diversificado en varias categorías se ponen límites de gasto según áreas:
Si lo que deseas comprar tiene un valor superior al límite señalado está permitido que utilices el bono y pagues tú la diferencia.
Los productos que se adquieran a través del Bono Cultural Joven podrán ser cambiados, si la entidad adherida o comercio que te los facilitó lo autoriza, por un producto de igual o superior precio. En ningún caso te devolverán el dinero.
Todo lo que compres, a excepción de las suscripciones a revistas o periódicos, deberás recogerlo de forma presencial en la entidad que te lo haya vendido. No está permitido el envío a domicilio o a puntos de entrega.
No podrás comprar con el Bono productos de papelería como libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía.
¿Cómo puedes solicitar el Bono?
Para solicitar el bono, el Ministerio ha puesto en funcionamiento una aplicación especial . Los bonos se conceden por orden de solicitud hasta consumir el presupuesto.
El plazo máximo para comunicarte si te conceden el bono es de tres meses una vez que lo hayas solicitado.
Plazo de solicitud: 25 de julio al 15 de octubre de 2022.
Puedes encontrar más información y solicitarlo aquí.