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Convocatorias de becas

Becas Fundación SEPI Iniciación en la Empresa 2021/22

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 20 de septiembre de 2021

INFORMACIÓN:

La Fundación SEPI, F.S.P. convoca las becas del Programa de Iniciación en la Empresa 2021/2, con el objetivo de posibilitar un período de formación práctica en el ámbito empresarial a personas jóvenes (universitarias o de grado superior de formación profesional) sin experiencia profesional. Las becas tendrán una duración inicial de seis meses, desde la fecha de incorporación de las personas beneficiarias que será, previsiblemente, el 1 de noviembre de 2021. La formación práctica de los becarios del Programa podrá llevarse a cabo en cualquiera de los centros de las empresas o entidades que participan con este Programa. En el transcurso de su periodo de formación, los becarios podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados, cuando las necesidades de formación así lo requieran. 

CONVOCA:

Fundación SEPI 

REQUISITOS:

  • 1. Haber concluido, en el momento de realizar la entrevista personal, los estudios necesarios para la obtención de un título universitario oficial o superior de formación profesional, apto para desempeñar tareas de acuerdo con las plazas ofertadas por las empresas e instituciones colaboradoras del Programa, realizados en cualquiera de los centros del Espacio Europeo de Educación Superior, o en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional de España Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas las personas estudiantes de ingeniería superior o de máster que hayan aprobado todas las asignaturas necesarias para la obtención del título que corresponda, con excepción del proyecto fin de carrera. Dichas titulaciones deberán acreditarse mediante exhibición de original o copia legitimada en el momento en que se soliciten. La relación de titulaciones aptas para poder acceder a las becas del Programa quedará expuesta en la página web de la FUNDACIÓN (www.fundacionsepi.es), convocatoria de Iniciación en la Empresa 2021/2
  • 2. Haber concluido los estudios necesarios para la obtención del título de que se trate o cumplir con el requisito establecido en el párrafo segundo del apartado anterior con posterioridad al 31 de diciembre de 2018.
  • 3. Haber nacido con posterioridad al 31 de octubre de 1991.
  • 4. No haber desempeñado trabajo profesional alguno relacionado con su titulación, ya sea por cuenta propia o ajena.
  • 5. Estar dispuesto o dispuesta a fijar la residencia en el lugar donde vaya a recibir su formación práctica. 
  • 6. No haber sido beneficiario o beneficiaria de algún programa de becas de la FUNDACIÓN, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo.  

DOTACIÓN:

La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:

a) A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros de las empresas e instituciones colaboradoras en el proceso 2021/2 del Programa.

b) A percibir, durante todo el periodo formativo, una asignación económica mensual o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación de la persona beneficiaria, que variará en función de las siguientes circunstancias:

  • 885 €, para las personas beneficiarias que sean tituladas universitarias.
  • 800 €, para las personas beneficiarias que sean técnicas superiores de formación profesional.

En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, estas cantidades podrán verse incrementadas en un importe a determinar por la empresa o institución colaboradora, en función del país de destino de la beca. Dichos importes serán satisfechos durante los meses siguientes a su fecha de incorporación mientras disfrute de su beca.

En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 % de su asignación durante el primer mes de baja. A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.

c) A la cobertura de un seguro de accidentes formalizado por la FUNDACION a su favor. En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, un seguro de viaje multiasistencia.

d) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.  

MÁS INFORMACIÓN: 

Fundación SEPI
Quintana, nº 2 – 3ª planta
28008 Madrid
Tlf.: 91 548 83 55
becas_arroba_fundacionsepi.es Página 3 de 11  

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