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Subvenciones

Subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad.

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 22 de septiembre de 2021

INFORMACIÓN:

El objeto del presente procedimiento es financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario. 

CONVOCA:

Ministerio de Universidades 

REQUISITOS: 

  • Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución y en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior de estas ayudas.
  • Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • No podrán resultar beneficiarias dos Asociaciones, para la misma actividad, que tengan entre sí relación federada o jurídica.
  • No podrán resultar beneficiarias aquellas asociaciones que estén constituidas únicamente por antiguos alumnos de la universidad.
  • No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última de ellas enviada dentro de plazo. 

DOTACIÓN:

Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00 €.

Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2

Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000,00 €

MÁS INFORMACIÓN: 

Ministerio de Universidades 
Paseo de la Castellana nº 162
28046, Madrid. 
Tel. 060
www.universidades.gob.es

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