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Subvenciones

Subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y protección de los derechos humanos. 2021

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 10 de mayo de 2021

INFORMACIÓN:

Esta convocatoria de subvenciones tiene como finalidad contribuir al desarrollo, la mejora del conocimiento y el fortalecimiento de los derechos humanos, mediante la realización de proyectos de ámbito nacional o de ámbito internacional de interés para España.

Dichas subvenciones se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.

CONVOCA:

Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe  

REQUISITOS:

Entidades legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, públicas o privadas con sede en España, que tengan experiencia previa acreditada en actividades de derechos humanos o cuyos objetivos sean la difusión, promoción o protección de los derechos humanos, especialmente en los ámbitos preferentes del Apartado 8 a) de esta convocatoria y dispongan de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos. 

En todo caso deberá reunir y acreditar los siguientes requisitos:

  • 1. Ser una entidad legalmente constituida y sin fines de lucro.
  • 2. Tener experiencia previa acreditada en actividades de derechos humanos o cuyos objetivos sean la difusión, promoción o protección de los derechos humanos, especialmente en los ámbitos preferentes del apartado 8 a) de esta convocatoria.
  • 3. Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • 4. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
  • 5. No encontrarse comprendida en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.   

DOTACIÓN:

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, supere el coste de la actividad subvencionada.  

MÁS INFORMACIÓN: 

Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe  
Calle Serrano Galvache 26
28071 Madrid
Tel. 913791717 

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