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Convocatorias de empleo

Coordinadores Generales de la Cooperación Española.

PLAZO PRESENTACIOÓN: 

Hasta 19 de febrero de 2021

INFORMACIÓN:

Se convocan 5 puestos de trabajo de Coordinadores Generales de la Cooperación Española, que se recogen en el anexo I de esta Convocatoria, en el que se señalan los puestos vacantes, así como las retribuciones anuales, en las que no está incluida la vivienda, cuyo coste (dentro de unos límites estipulados) correrá a cargo de la AECID. En ningún caso se formalizarán contratos mientras los puestos estén ocupados.

Bajo la dirección de los/las Jefes/as de Misión, se ocuparán de dirigir las Oficinas Técnicas de Cooperación y los programas de cooperación de la AECID en el país que corresponda, contribuyendo a la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de las actuaciones de la cooperación española en dicho país. Asimismo, se ocuparán de la gestión de los recursos humanos, de la gestión de los recursos económicos, incluyendo la gestión contable en su condición de cajero pagador, de la conservación de locales y equipos informáticos, así como del inventario. 

Asimismo, participarán en las Comisiones Mixtas de Cooperación y en el seguimiento de los Marcos de Asociación, manteniendo una adecuada relación con las autoridades competentes e instituciones contrapartes en temas de cooperación, elaborando los correspondientes informes y memorias sobre los programas de cooperación que existan en su demarcación. Igualmente, prestarán su apoyo a las instituciones españolas en materia de cooperación, gestionando y administrando, en su caso, los recursos de otras administraciones o instituciones públicas españolas que ejecuten proyectos de cooperación en dicho país. Además, asumirán, en general, cualquier otra función que le sea encomendada por el equipo directivo de la AECID, en relación con los fines, funciones y objetivos de la Agencia. 

CONVOCA:

Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo 

REQUISITOS:

 

  • a) Tener la nacionalidad española.
  • b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  • c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
  • d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • e) Estar en posesión del título de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a superior, o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • f) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de al menos cuatro años.
  • g) En las plazas en las que sean requisito un idioma (inglés o francés) según se establece en el anexo I, las formas de acreditación serán las siguientes:
    • Mediante un nivel mínimo B2 aportando el certificado o título correspondiente reconocido por las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
    • Haber desarrollado una relación profesional en el extranjero al menos durante un año, en la que se utilizara el idioma, como idioma de trabajo, acreditado mediante certificación.
    • Haber cursado estudios en idioma requerido de licenciatura, grado, ingeniería, master o haber cursado cualquier otra disciplina con una duración mínima de un año académico. Se acreditará mediante título oficial o certificado.
    • En el caso de ser empleado público, mediante certificación o en su defecto declaración responsable del aspirante de haber superado una prueba del idioma requerido que fuese obligatoria para el acceso a su categoría cuerpo o escala. 

 

MÁS INFORMACIÓN: 

Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo   
Av. de los Reyes Católicos, 4
28040 Madrid
Teléfono915 83 81 00

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