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Subvenciones

Ayudas excepcionales al sector del teatro y del circo

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 21 de agosto de 2020

INFORMACIÓN:

Ayudas excepcionales a las artes escénicas en el ámbito del teatro y el circo en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de las competencias de este organismo y como consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19, tal y como se recoge en el Real Decreto Ley 17/2020, de 5 de mayo. La presente convocatoria también tiene por objeto las ayudas correspondientes a proyectos culturales cuya ejecución finalizó completamente antes de la entrada en vigor del estado de alarma (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) que se regirán por la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. 

Las modalidades de ayuda que se convocan son las que a continuación se enumeran:

A. Línea de apoyo al mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas

  • A1. Ayudas para proyectos integrales empresariales a empresas privadas productoras de actividades de artes escénicas (teatrales y circenses).
  • A2. Ayudas a entidades sin ánimo de lucro responsables de artes escénicas (teatrales y circenses).
  • A3. Ayudas a empresas y fundaciones privadas gestoras de salas de teatro y circo responsables de programaciones escénicas de teatro, circo y artes escénicas de calle y/o responsables de proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación en teatro, circo y artes escénicas de calle.
  • A4. Ayudas a federaciones, confederaciones y asociaciones profesionales de artes escénicas (teatrales y circenses) de ámbito estatal y proyección internacional.

B. Línea de apoyo a las actividades escénicas y proyectos culturales (teatrales y circenses). 

  • B.1 Ayudas a giras nacionales e internacionales, giras de coproduccionesinterautonómicas y producciones en el extranjero.
  • B.2 Ayudas a programaciones escénicas, residencias artísticas y actividades de investigación y formación promovidas por salas privadas.
  • B.3 Ayudas a festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos de carácter teatral y circense. 

CONVOCA:

Ministerio de Cultura y Deporte

REQUISITOS:

Personas físicas, siempre que estén en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, así como las personas jurídicas, públicas o privadas, que se dediquen a las artes escénicas y de la música, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda.

Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio. 

DOTACIÓN:  

La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 90 por ciento del coste total del proyecto, actividad o estructura. En el caso de que el peticionario fuera una entidad local, esta cuantía máxima no podrá superar el 65 por ciento del coste total. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:

Modalidades/Cuantía máxima individual (€)

  • A1/300.000
  • A2/200.000
  • A3/250.000
  • A4/100.000
  • B1/150.000
  • B2/150.000
  • B3/250.000 

MÁS INFORMACIÓN: 

Ministerio de Cultura y Deporte
Plaza del Rey, 1
28004 Madrid
Tel. 91 701 70 00

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