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Formaciones

Pruebas de carácter específico para el acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de la especialidad de Fútbol, del ciclo inicial en Senderismo, y para el acceso al segundo nivel de grado medio especialidad Media Montaña

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 15 de julio de 2020

INFORMACIÓN:

El objeto de la presente resolución es convocar la prueba de carácter específico para el acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de Fútbol, para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial del ciclo inicial en Senderismo, y para el acceso al segundo nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de Media Montaña, correspondientes al año 2020. 

CONVOCA:

Consejería de Educación  

REQUISITOS:

1. Podrán concurrir a las pruebas de carácter específico para el acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de Fútbol, y de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial del ciclo inicial en Senderismo, convocadas por esta resolución: 

  • 1.1 Quienes estén en posesión del Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria en las fechas de realización de las pruebas, indicadas en el anexo II de esta resolución. También podrán concurrir a estas pruebas aquellas personas que tengan titulación equivalente a efectos académicos al Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria, o alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
  • 1.2 Asimismo, podrán concurrir a las pruebas convocadas, quienes no estando en posesión de la titulación académica requerida, reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    • a) Haber superado la prueba de acceso al grado medio establecida en el apartado a) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. b) Haber superado la prueba de acceso al grado superior establecida en el apartado
    • b) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    • c) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o la parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior de la Formación Profesional Específica.
    • d) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.
    • e) Haber superado la prueba de madurez de acceso a Enseñanzas Artísticas Superiores y tener una edad mínima de 17 años en el año de la convocatoria.
    • f) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
  • 1.3 Podrán inscribirse también en las pruebas de carácter específico para el acceso al primer nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de Fútbol, y de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial del ciclo inicial en Senderismo, quienes no posean alguno de los requisitos académicos requeridos en el plazo de inscripción, pero sí estén en condiciones de obtenerlos y acreditarlos en la fecha de celebración de la prueba correspondiente, indicada en los calendarios del anexo II de esta resolución.

2. Podrán concurrir a las pruebas de carácter específico para el acceso al segundo nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de Media Montaña, convocadas por esta resolución, quienes estén en posesión del Certificado de Superación del primer nivel de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. No obstante, podrán inscribirse también en esta prueba quienes no posean los requisitos académicos requeridos en el plazo de inscripción, pero sí estén en condiciones de obtenerlos y acreditarlos en la fecha de celebración de la prueba correspondiente, indicada en los calendarios del anexo II de esta resolución. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Consejería de Educación
Plaza de España 5
33007-Oviedo 
Tel. 985105500

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