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Subvenciones

Ayudas a mujeres víctimas de Violencia de Género y a hijas e hijos de víctimas mortales por Violencia de Género

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 24 de noviembre de 2021

INFORMACIÓN:

Se trata de ayudas de concesión directa a mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, con la finalidad de facilitar su proceso de recuperación, asó como de ayudas a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de Género.

Hay dos líneas de actuación:

  • Línea 1: Destinada a hijas en hijos de víctimas mortales por violencia de género.
  • Línea 2: Destinada a Mujeres víctimas de violencia de género que no convivan con la pareja maltratadora y precisen apoyos económicos para iniciar el proceso de recuperación y una vida autónoma. 

CONVOCA:

Instituto Asturiano de la Mujer 

REQUISITOS:

Línea 1:Hijas en hijos de víctimas mortales por Violencia de Género:  

  • a) Ser hija o hijo hasta los dieciocho años de edad, inclusive, huérfana/o de una mujer asturiana o empadronada en el Principado de Asturias en el momento en que se produjo el asesinato o ser hijo o hija menor de veintiséis años y huérfano/a de una mujer asturiana o empadronada en el Principado de Asturias en el momento del asesinato, y estar realizando estudios reglados.

  • b) Estar empadronada/o y tener residencia efectiva en el Principado de Asturias.
  • c) Disponer de unas rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el Índice Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), considerado en doce mensualidades.

Línea 2: Mujeres Víctimas de Violencia de Género:

  • a) Ser mayor de edad o estar legalmente emancipada.
  • b) Ser víctima de violencia de género según los criterios explicitados en la base cuarta.
  • c) Estar empadronada y tener residencia efectiva en el Principado de Asturias.
  • d) Disponer de unas rentas o ingresos mensuales iguales o inferiores a 3 veces el Índice Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), considerado en doce mensualidades.
  • e) Contar con el informe positivo del Centro Asesor de la Mujer, en el que conste la situación de víctima de violencia de género y la indicación de que esta ayuda servirá en su proceso de recuperación.
  • f) No convivir con el agresor.

DOTACIÓN:

  • Línea 1: Hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género.

    La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros en un pago único anual, que podrá ser percibida desde el año en que se solicite hasta el año en que se alcance la mayoría de edad, inclusive, o hasta que se cumplan los veintiséis años, en caso de cursar estudios reglados. Será preciso renovar la solicitud cada año junto a la justificación de la continuidad de la residencia efectiva en el Principado de Asturias y la continuidad de los estudios en caso de ser mayor de dieciocho años.

  • Línea 2: Mujeres víctimas de violencia de género. La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros en un pago único anual. La ayuda podrá ser solicitada por tres años, que pueden ser consecutivos o no, siempre con previa acreditación del cumplimiento de los requisitos y circunstancias para su concesión.

MÁS INFORMACIÓN: 

Instituto Asturiano de la Mujer
C/ Eduardo Herrera "Herrerita", s/n, 3ª planta.
33006 Oviedo (Asturias)
Tel.: 985 96 20 10
institutoasturianodelamujer.com/iam/

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