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Becas MEC

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Educación abre el plazo para solicitar las becas y ayudas para el próximo curso 2019-2020.

Pueden solicitarlas aquellos estudiantes que no superen una determinada renta y patrimonio familiar y que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado la convocatoria de becas de carácter general para el curso 2019-2020 dirigida a alumnos que cursen estudios postobligatorios. 

Los plazos para presentar la solicitud se prolongarán hasta el 15 de octubre de 2019, en el caso de estudiantes universitarios, y hasta el 1 de octubre de 2019, para los no universitarios.

¿Qué requisitos tenéis que cumplir para poder optar a ellas?

  • No debéis superar una determinada renta y/o patrimonio familiar. Para la comprobación de estos datos debéis consultar el Real Decreto 430/2019, de 12 de julio, que establece los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2019-2020: BOE 13/07/2019.
  • Tenéis que cumplir unos determinados requisitos de aprovechamiento académico.
  • Y debéis de encontraros cursando algunas de las siguientes enseñanzas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:
  • Primer y segundo cursos de Bachillerato.
  • Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de Formación profesional realizados en Centros Docentes Militares.
  • Enseñanzas artísticas profesionales.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Estudios religiosos superiores.
  • Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
  • Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
  • Formación Profesional básica
2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
  • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de Grado y Máster cursados en los centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil.
  • Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
  • Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
¿Cómo y cuándo presentáis las solicitudes?
  • Las solicitudes se deberán cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Una vez cumplimentadas, deberán ser firmadas por la persona interesada o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.

El período de inscripción será desde el día 01/08/2019 al 15/10/2019 y los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta:
  • El 15 de octubre de 2019, inclusive, para alumnado universitario.
  • El 1 de octubre de 2019, inclusive, para alumnado no universitario.

¿Cuáles serían los importes de cada beca?

Existen 2 tipos distintos de cuantías:

1.Las cuantías fijas.-

  • Beca de matrícula para estudios universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el o la estudiante por primera vez en el curso 2019-2020.
  • Cuantía fija ligada a la renta del o de la estudiante: 1.600 euros tanto para estudios universitarios como no universitarios.
  • Cuantía fija ligada a la residencia del o de la estudiante durante el curso escolar: 1.500 euros tanto para estudios universitarios como no universitarios.
  • Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudios universitarios como no universitarios.
  • Beca básica para estudios no universitarios: 200 euros.

2.  Las cuantías variables.-
  • Cuantía variable y distinta para las diferentes personas solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente de estudios y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros.

Más información:
Ministerio de Educación y Formación Profesional

C/ Alcalá 34, 28014, Madrid
Tel.: 910 837 937
Web: educacionyfp.gob.es BOE 31/07/2019

 

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