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Subvenciones

Subvenciones para Asociaciones/entidades sin ánimo de lucro 2019 FMSS Gijón/Xixón

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 26 de junio de 2019

INFORMACIÓN:

La Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijónpublica la convocatoria de subvenciones para Asociaciones y entidades sin ánimode lucro en 2019 para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interésgeneral en el municipio de Gijón durante 2019 en Líneas 1 y 2.

LINEA 1: SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y DEMÁSENTIDADESSIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER SOCIAL Y/O SOCIOSANITARIO.

  • Programas dirigidos a la infancia, adolescencia y familias.
  • Programas de prevención, promoción y apoyo a colectivos vulnerables o en situación de riesgo de exclusión social.
  • Programas dirigidos a la acogida e integración de personas inmigrantes.
  • Programas dirigidos a personas con discapacidad.
  • Programas dirigidos a la promoción de la salud y la atención a los problemas derivados de las drogodependencias.

LINEA 2: SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y DEMÁS ENTIDADES SINÁNIMODE LUCRO DE PERSONAS MAYORES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DIRIGIDOS ALCOLECTIVO DE PERSONAS MAYORES:

  • Actividades que fomenten/incrementen la participación e integración social de las personas mayores y prevenir su aislamiento.

CONVOCA:

Fundación Municipal de Servicios Sociales de Gijón 

REQUISITOS:

  • 2.1.- En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en los Registros Municipales de Asociaciones y de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón, con un antelación de seis (6) meses a contar desde a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • 2.2.- En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate.
  • 2.3.- No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E del 18 de noviembre).
  • 2.4.- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones.
  • 2.5.- Hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 4
  • 2.6 No ser beneficiario/a de ninguna subvención nominativa del Ayuntamiento de Gijón/Xixón o de cualquiera de sus organismos autónomos en el mismo ejercicio presupuestario 

 

DOTACIÓN:

Cuantía global de 288.000 euros.

  • Línea 1: Subvenciones para Asociaciones, Fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y/o socio sanitario:Dotación máxima: 200.000 euros.
    • Dotación máxima por proyecto de 6.000 euros.
  • Línea 2: Subvenciones para Asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores para el desarrollo de proyectos dirigidos al colectivo de personas mayores:Dotación máxima: 88.000 euros.
    • Dotación máxima según actividad:
      • Viajes, únicamente desplazamiento: 650 euros.
      • Visitas culturales (entradas museos, monumentos, visitas guiadas): 300 euros.
MÁS INFORMACIÓN: 

Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón

C/ Palacio Valdés, 2 (Edificio Gota de Leche)
33206 Gijón (Asturias) 
Tel.: 985 18 28 51 

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