PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 13 de agosto de 2018
INFORMACIÓN:
Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales que se encuentren inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud y estén al día en la obligación de comunicar cualquier cambio en la documentación que consta en el registro de Asociaciones.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de educación para el desarrollo y sensibilización para 2018, en las siguientes líneas de actuación:
- A.—Proyectos que promuevan procesos educativos que favorezcan una mejor comprensión de los problemas que afecten a los países en desarrollo, generen una actitud positiva hacia ellos y estimulen a la solidaridad y a la cooperación activa con los mismos. Estos proyectos podrán realizarse en el ámbito de la educación formal, no formal e informal.
- B.—Acciones puntuales de sensibilización, intervenciones orientadas a la sensibilización de la sociedad en su conjunto o determinados sectores en particular que promuevan actitudes de compromiso solidario y que se basen en la organización de jornadas, encuentros, exposiciones, conferencias, ciclos de cine, publicaciones, recursos didácticos o cualquier otra intervención de características similares. Se considerará acción puntual la formulación de una intervención que conlleve varias de las acciones descritas en este apartado, aunque estén previstas en períodos diferentes a lo largo del cronograma de la intervención, y que no formen parte de un proceso de educación para el desarrollo.
CONVOCA:
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
REQUISITOS:
1. Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Encontrarse inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud y haber comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre, por el que se regula el funcionamiento y forma de acceso a ese Registro, o ser una entidad que se encuentre inscrita en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o, en el caso de Fundaciones, en el Registro de Fundaciones correspondiente, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, siempre que el proyecto lo presente en consorcio con una ONGD inscrita en el Registro de ONGD del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud y haya comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el citado artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre.
- b) Haber justificado debidamente los gastos correspondientes a las subvenciones, exigibles y vencidas, concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
- c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- d) No ser deudora de la Hacienda del Principado por deudas vencidas líquidas y exigibles.
2. Podrán tener acceso a la subvención los proyectos presentados por un consorcio de entidades, siempre que una de ellas se encuentre inscrita en el Registro de ONGD del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud. En este caso, cada una de las entidades consorciadas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados.
Las entidades consorciadas deberán aportar un convenio en el que se recoja el porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, los derechos y obligaciones de cada agente participante, el sistema de gestión del presupuesto y de resolución de conflictos y deberá citarse expresamente que cada una de las entidades asume la responsabilidad directa y solidaria por la totalidad del proyecto.
DOTACIÓN:
- La dotación para proyectos no podrá exceder de 12.000 euros
- La dotación para acciones puntuales no podrá exceder de 6.000 euros
MÁS INFORMACIÓN:
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
C/ Eduardo Herrera “Herrerita”
Edificio "Buenavista"
33006 Oviedo
Teléfono: 985 10 55 00/5500