PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 29 de enero de 2018
INFORMACIÓN:
Contribuir a la formación teórico-práctica y el perfeccionamiento tecnológico de
recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de
Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y facilitar su incorporación al mundo
laboral.
Las becas y ayudas podrán ser de las siguientes modalidades:
- a) Becas de formación INTA: su objeto será la formación teórico-práctica y el
perfeccionamiento tecnológico de aquellas personas que hayan obtenido su titulación en
los últimos cuatro años o sean estudiantes a falta, como máximo, del 25% de los créditos
para terminar sus estudios, según se especifique en la correspondiente convocatoria. La
duración de estas becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas por un año más.
- b) Becas de formación financiadas por fondos de programas nacionales, de la Unión
Europea, de las Comunidades Autónomas o de otras entidades: su objeto y duración será
el que se especifique en la correspondiente convocatoria.
- c) Ayudas para la formación de personal investigador: su objeto será la realización de
una tesis doctoral basada en trabajos de investigación desarrollados en el Instituto, y se
regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 63/2006, de 27 enero, por el que se aprueba el
Estatuto del personal investigador en formación
CONVOCA:
Ministerio de Defensa
REQUISITOS:
- a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión
Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca o ayuda.
- b) Estar en posesión del título o del nivel de estudios exigido en la correspondiente
convocatoria, o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- c) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán
estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse
documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último
supuesto, el becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución
que recaiga en el procedimiento.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que el solicitante haya
sido admitido por una Universidad española para la realización de un master oficial.
- d) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el
desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca o ayuda.
- e) No habérsele concedido con anterioridad una beca o ayuda del INTA de la misma
modalidad.
DOTACIÓN:
12.000 euros anuales
MÁS INFORMACIÓN:
Ministerio de Defensa
Paseo de la Castellana, 109
28071 - Madrid
Teléfono: 91 395 50 00