PLAZO SOLICITUD:
Abierto todo el año
INFORMACIÓN:
El salario social básico es una prestación económica periódica, diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas previstas en la legislación vigente, dirigida a personas que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, sobre la base de la unidad económica de convivencia independiente.
Se otorga exclusivamente a los fines alimenticios establecidos en el artículo 142 del Código Civil, indispensables para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción alimentista.
Su percepción está condicionada a la suscripción de un programa personalizado de incorporación social en el que se establecerán acciones destinadas a la incorporación social, en el ámbito psico-social y de convivencia personal, educativo-formativa, socio-sanitario y de inserción laboral.
CONVOCA:
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
REQUISITOS:
Alguno de los requisitos son:
Ser nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, empadronados en cualquiera de los concejos de Asturias o transeúntes en situación de emergencia social; o no nacionales de ningún estado miembro de la Unión Europea, que se encuentren en el Principado de Asturias en situación de residencia regular, así como personas refugiadas y apátridas que tengan reconocida tal condición.
Ser mayor de 25 años de edad, o menor de 25 y mayor de edad, siempre que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes: orfandad absoluta, discapacidad, etc.
Acreditar haber residido de forma efectiva e ininterrumpida en el Principado de Asturias, durante un mínimo de dos años anteriores a la presentación de la solicitud,
MÁS INFORMACIÓN:
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
C/ Charles Darwin (antes Alférez Provisional), 3.
33005 Oviedo
Teléfono: 985 10 55 00/5500