Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de Propiedad Industrial

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 21 de enero de 2026

INFORMACIÓN:

Se convoca proceso selectivo para cubrir 35 plazas de acceso libre en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, código 5600A.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 4 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Las 35 plazas se distribuyen de la siguiente forma:

  • Rama técnica: 27 plazas, con la siguiente distribución:
    • Área mecánica: 9 plazas.
    • Área eléctrica: 9 plazas.
    • Área química: 9 plazas.
  • Rama informática (para gestión y soporte de los procedimientos en materia de Propiedad Industrial): 4 plazas.
  • Rama jurídica: 4 plazas.

CONVOCA:

Ministerio de Industria y Turismo

REQUISITOS:

  • Nacionalidad: De acuerdo con el artículo 56.1 y 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, desarrollados por el artículo 4 y el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores, en el proceso selectivo para la especialidad de Propiedad Industrial sólo podrán participar aspirantes con nacionalidad española.
  • Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.
  • El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos. Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.
  • Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener los siguientes títulos a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes:
    • a) De acuerdo con el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a esta escala del subgrupo A1 se exigirá estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título universitario de grado en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
    • b) Los aspirantes que se presentan a las ramas técnica o informática deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de graduado, licenciado, ingeniero o arquitecto en el ámbito de las ciencias experimentales o de la técnica. A este respecto, se tendrá en cuenta que, de acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, lo previsto en el mismo no resulta de aplicación al régimen de titulaciones exigible para el ingreso en las Administraciones públicas, que se regirá por la normativa específica que resulte de aplicación.
    • c) Los aspirantes que se presentan a la rama jurídica deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título de graduado o licenciado en Derecho o en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.
  • A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

MÁS INFORMACIÓN:

Ministerio de Industria y Turismo
P.º de la Castellana, 160, Chamartín
28046 Madrid
Teléfono: 913 49 46 40