PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 17 de septiembre de 2026
INFORMACIÓN:
Estas bases tienen por objeto la selección, como personal laboral fijo, por el turno libre, a través del sistema de concurso-oposición, de seis plazas de Auxiliares de Ayuda a Domicilio (grupo profesional 5.º-equivalente a Grupo E) vacantes en la Plantilla orgánica del Ayuntamiento de Salas e incluidas en las ofertas de empleo público del Ayuntamiento de Salas correspondientes a los años 2023 y 2024.
El personal que resulte, en su momento, contratado realizará las tareas de atención directa a los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio (en adelante SAD) municipal, teniendo como función básica la realización material de los servicios de carácter personal y doméstico, bajo la dirección de los responsables municipales del Servicio.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes será el de concurso-oposición, desarrollándose de forma previa la fase de oposición.
CONVOCA:
Ayuntamiento de Salas
REQUISITOS:
- a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público.
- b) Tener cumplidos 16 años y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa, de conformidad con la legislación vigente.
- c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar. A tal efecto, quienes superen las pruebas deberán acreditar dicha circunstancia mediante el correspondiente certificado médico, antes de su nombramiento o contratación. Las personas discapacitadas habrán de acreditar tanto su condición de discapacitado como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el organismo competente (Estatal o Autonómico).
- d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
- e) Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
- a. Título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería (R. D. 564/1995).
- b. Título de técnico auxiliar de enfermería (R. D.777/1998).
- c. Título de técnico auxiliar de clínica (R. D. 777/1998).
- d. Título de técnico auxiliar de psiquiatría (R. D. 777/1998).
- e. Título de técnico en atención a personas en situación de dependencia (R. D. 1593/2011).
- f. Título de técnico en atención sociosanitaria (R. D. 496/2003).
- g. Título de técnico superior en integración social (R. D 1074/2012) o equivalente de Técnico superior en integración social.
- h. Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas en el domicilio (R. D. 1379/2008).
- i. Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (R. D. 1379/2008).
- j. Certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio (R. D. 331/1997).
En defecto de los títulos o certificados de profesionalidad detallados en el apartado anterior, se deberá estar en posesión de certificación individual que habilite de forma excepcional y con carácter definitivo o provisional en la categoría correspondiente, con validez en todo el territorio nacional, emitida por el órgano autonómico correspondiente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación y se adjuntará al título su traducción.