PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 28 de abril de 2022
INFORMACIÓN:
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, un máximo de 133
plazas para impartir Lengua y Cultura españolas y otras materias en lengua española en las Secciones
bilingües de español de Bulgaria, China, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía y
Rusia, o cualquier otro país con el que se pueda formalizar un convenio durante la presente
convocatoria.
Los docentes seleccionados serán contratados por las autoridades educativas de los respectivos países
como profesorado en las Secciones bilingües de español e impartirán las enseñanzas correspondientes
a la plaza adjudicada durante un curso académico.
CONVOCA:
Ministerio de Educación y FP
REQUISITOS:
Los candidatos de nueva incorporación deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Tener nacionalidad española.
- b) No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
- c) Poseer la titulación requerida en la descripción de las plazas que se relacionan en el Anexo I.
- d) Estar en posesión del título de máster que habilita para el ejercicio de la función docente en
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de
Idiomas, con las excepciones siguientes:
- i. Los solicitantes que acrediten estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, los
Títulos Profesionales de Especialización Didáctica o el Certificado de Cualificación Pedagógica obtenidos antes del 1 de octubre de 2009, conforme se establece en la
disposición transitoria tercera del RD 1834/2008, de 8 de noviembre (BOE del 28).
- ii. Para las plazas ofertadas en Hungría y Polonia, conforme a su legislación educativa, el
Máster en Profesorado de ESO, Bachillerato, FP e Idiomas o el Certificado de Aptitud
Pedagógica únicamente tendrá validez para acreditar este requisito si va asociado a la
licenciatura o grado por el que se concurre a la convocatoria.
- iii. Para las plazas de secundaria ofertadas en la República Checa y Rusia, los solicitantes que
acrediten haber impartido docencia antes del término del curso 2008-2009 durante dos
cursos académicos completos o, en su defecto, 12 meses en períodos continuos o
discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente
autorizados en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en la
disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (BOE del 28).
Asimismo, los solicitantes de plazas de secundaria ofertadas por los países citados en este
apartado que a 1 de octubre de 2009 posean las titulaciones de Maestro, Pedagogía o
Psicopedagogía y quienes estén en posesión de una licenciatura o titulación equivalente que
incluya formación pedagógica o didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE del 4).
- iv. Para las plazas de secundaria ofertadas en Bulgaria y China, los solicitantes que acrediten
haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, 12
meses en períodos continuos o discontinuos en centros públicos o privados de enseñanza
reglada debidamente autorizados en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades
docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (BOE del 28).
- v. Los maestros que soliciten las plazas de educación primaria.