Plazas en el Cuerpo Superior de Letrados de la Seguridad Social

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta el 14 de enero de 2025

INFORMACIÓN:

Se convocan 55 plazas de acceso general en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, código 1600.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 3 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

CONVOCA:

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

REQUISITOS:

  1. Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
  2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.
    En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  5. El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.
    Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.
  6. Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Derecho o Grado en Derecho a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.
  7. A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

MÁS INFORMACIÓN:

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Calle de José Abascal, 39
28003 Madrid
Tel. 91 363 76 70