Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad , especialidades Seguridad en el Transporte Aéreo y Operaciones y Navegación Aéreas

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 19 de junio de 2025

INFORMACIÓN:

Se convoca proceso selectivo para cubrir 69 plazas por el sistema general de acceso libre en la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de las cuales 55 se convocan en la especialidad Seguridad en el Transporte Aéreo, código 6015B, y 14 plazas en la especialidad Operaciones y Navegación Aérea, código 6015C.

Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre, se reservarán 4 de la especialidad Seguridad en el Transporte Aéreo para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Las personas aspirantes sólo podrán participar en una de las dos especialidades, bien Seguridad en el Transporte Aéreo o bien Operaciones y Navegación Aérea.

Además, quienes opten por la especialidad Operaciones y Navegación Aérea, deberán optar por uno de los siguientes perfiles:

  • Inspección de operadores aéreos de avión.
  • Inspección de operadores aéreos de helicóptero.
  • Inspección de trabajos aéreos con avión y helicóptero.

CONVOCA:

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

REQUISITOS:

Nacionalidad: Las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

  • a. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
  • b. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
  • c. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como las personas extranjeras incluidas en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. al

El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos. Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

  • Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener, a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes, el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.
  • A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

MÁS INFORMACIÓN:

Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Paseo de la Castellana 67
28071 Madrid
Tlf. 915 977 000