PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 10 de diciembre de 2025
INFORMACIÓN:
Se convoca proceso selectivo a fin de cubrir, mediante oposición, tres plazas pertenecientes a la Escala de Ayudantes de Bibliotecas y Museos de la Universidad de Valladolid, Subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y que en la actualidad se hallan vacantes.
- a) Dos plazas para el turno de acceso libre.
- b) Una plaza para el turno de acceso para personas con discapacidad,
CONVOCA:
Universidad de Valladolid
REQUISITOS:
- 1 Nacionalidad: Podrán participar quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- a) Tener la nacionalidad española.
- b) Los/as nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
- c) El/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
- d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
- 2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación.
- 3 Titulación: Estar en posesión del título de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico u oficialmente equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial, se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.