139 plazas personal laboral Ministerio de Hacienda

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 4 de noviembre de 2025

INFORMACIÓN:

Se convoca proceso selectivo para cubrir 129 plazas de conductor de vehículos de transporte por carretera, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo en el grupo profesional E2 sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

El proceso selectivo de turno libre se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los Anexos IV y VI, en función de la especialidad, que se recogen en las bases.

CONVOCA:

Ministerio de Hacienda

REQUISITOS:

  • 1. Nacionalidad:
    • a) Tener la nacionalidad española.
    • b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
    • c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    • d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    • e) Las personas extranjeras que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
  • 2. Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • 3. Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título que se indica en el Anexo VI en relación con la especialidad convocada correspondiente. Para las plazas del Grupo Profesional E2 las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
  • 4. Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • 5. Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Igualmente, serán excluidas las personas aspirantes que pertenezcan como personal laboral fijo del ámbito del IV Convenio colectivo único para la Administración General del Estado al mismo grupo profesional y especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenta o al grupo profesional y especialidad equivalentes según la clasificación profesional del III Convenio único. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • 6. Además, para cada especialidad y, en su caso, programa, se deberá estar en posesión, en su caso, de los requisitos específicos que figuran en la columna «FORMACIÓN ESPECÍFICA» del Anexo VI en relación con cada especialidad convocada.
  • 7. En el caso de las plazas con destino en el Ministerio de Defensa, las personas aspirantes que participen optando a plazas reservadas en virtud del artículo 20.3 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, según redacción dada por la disposición final vigésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, deberán poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la condición de militar profesional de tropa y marinería y haber cumplido, como mínimo, cinco años de tiempo de servicios como militar profesional de tropa y marinería, o bien tener la condición de reservista de especial disponibilidad y encontrarse percibiendo, hasta la fecha de publicación de la reseña de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, la asignación por disponibilidad en la cuantía y condiciones previstas en el artículo 19.1 de dicha Ley. Las personas aspirantes que participen por este cupo de reserva de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, según redacción dada por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, deberán poseer, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, la condición de militar de complemento y haber cumplido, como mínimo, cinco años de tiempo de servicios en las Fuerzas Armadas. Además, las personas aspirantes que participen por este cupo deberán mantener la condición de militar o, en su caso, de reservista de especial disponibilidad hasta la firma del contrato, o bien haber adquirido y mantener la condición de reservista de especial disponibilidad en el periodo comprendido entre la finalización del plazo de presentación de solicitudes y la firma del contrato.
  • 8. Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

MÁS INFORMACIÓN:

Ministerio de Hacienda
Calle de Alcalá, 5
28014 Madrid
Tel. 900 567 765