3 plazas de Peón de Servicios Múltiples . Ayuntamiento de Ribadedeva

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 17 de diciembre de 2024

INFORMACIÓN:

Es objeto de esta convocatoria pública, la provisión, en régimen de personal laboral temporal y en la modalidad de contrato de duración determinada de interés social a tiempo completo de 3 Peones de servicios múltiples.

El objeto de este proceso de selección para la contratación, de personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento y la creación de una lista de reserva tras el proceso de selección inicial con las personas beneficiarias que, habiendo superado la fase de concurso-oposición, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo para la presente convocatoria.

El Plan de empleo en el arco de los itinerarios integrados de Activación en el ámbito Local, irá destinado a personas desempleadas que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases 4.ª y 5.ª de las, pertenezcan a uno de los siguientes colectivos:

1. Personas que pertenezcan al colectivo de personas paradas de larga duración.

2. Personas en situación de exclusión social, incluidas en el artículo 2 de la Ley 44/2007:

  • a. Personas perceptoras de Rentas mínimas de inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como miembros de la unidad de convivencia que se benefician de ellas.
  • b. Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
    • 1.º Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
    • 2.º Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
  • c. Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de instituciones de Protección de menores.
  • d. Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  • e. Personas recluidas en centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como quienes se encuentran en libertad condicional y personas ex reclusas.
  • f. Menores internos/as que se incluyan en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como quienes se encuentran en situación de libertad vigilada y ex internos/as.
  • g. Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y elilla.
  • h. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y elilla.

CONVOCA:

Ayuntamiento de Ribadedeva

REQUISITOS:

Requisitos generales:

  • Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros estados en los términos previstos en el Real ecreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “que establece en su artículo 10.2 que, las personas extranjeras podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
  • Las personas extranjeras con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que las españolas siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
  • Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. —o hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni en situación de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni en situación de inhabilitación para el desempeño de funciones públicas.
  • Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en la correspondiente convocatoria, en su caso, para cada una de las plazas ofertadas o de la formación para el empleo acreditativa de sus conocimientos específicos sobre la ocupación a la que opta.
  • No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

MÁS INFORMACIÓN:

Ayuntamiento de Ribadedeva
Pl. Manuel Ibáñez y Posada, s/n
33590 Colombres, Asturias
Teléfono: 985 41 20 04