Becas de carácter general para el curso académico 2026-2027, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios

PLAZO PRESENTACIÓN:

Desde las 8 horas del día 7 de abril de 2026, hasta las 15 horas del día 18 de mayo de 2026

INFORMACIÓN:

Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2026-2027 cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.

Estas becas que incluirán alguna o algunas de las siguientes cuantías:

  • 1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:
    • a) Beca de matrícula.
    • b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante.
    • c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar.
    • d) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico
    • e) Beca básica.
  • 2. Cuantía variable. La beca podrá incluir, asimismo, una cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar.

CONVOCA:

Ministerio de Educación, FP y Deportes

REQUISITOS:

Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:

1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:

  • a) Bachillerato.
  • b) Ciclos de Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares.
  • c) Enseñanzas artísticas profesionales.
  • d) Enseñanzas deportivas.
  • e) Estudios religiosos superiores.
  • f) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
  • g) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
  • h) Ciclos Formativos de Grado Básico.

2. Enseñanzas artísticas superiores y enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:

  • a) Enseñanzas artísticas superiores.
  • b) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A.
  • c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
  • d) Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.

DOTACIÓN:

1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:

  • a) Beca de matrícula para estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2026-2027.
  • b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.700,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
  • c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 2.700,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.  d) Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
  • e)  Beca básica para los estudiantes no universitarios del apartado 2.1: 300,00 euros. En el caso de los becarios que cursen Ciclos Formativos de Grado Básico esta cuantía será de 350 euros.
  • f) Cuantías adicionales para becarios con domicilio familiar en la España insular, Ceuta y Melilla y para los estudiantes universitarios con discapacidad. La beca de renta y de residencia en estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores que, reuniendo el resto de los requisitos para la percepción de estos componentes, estén matriculados de entre 48 y 59 créditos será de 350 euros para cada concepto.

2. Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros.

MÁS INFORMACIÓN:

Ministerio de Educación, FP y Deportes
Calle de Alcalá, 34
28014 Madrid
Teléfono: 910 83 79 37