Subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo. Principado de Asturias

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 24 de junio de 2020

INFORMACIÓN: 

Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo para 2020, a través de los siguientes instrumentos:

  • Instrumento A: Proyectos de desarrollo, los cuales tienen un carácter generalista y están dirigidos a financiar intervenciones de temporalidad anual con objetivos y población muy definida.
  • Instrumento B: Micro-acciones de desarrollo, definidas como intervenciones de dimensión económica de menor envergadura que los proyectos. 

CONVOCA:

Consejería de Presidencia 

REQUISITOS:

  • Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Encontrarse inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud.
    • b) Haber comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre, por el que se regula el funcionamiento y forma de acceso al Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias.
  • 2. Podrán tener acceso a la subvención los proyectos presentados por un consorcio de entidades. En este caso, cada una de las entidades consorciadas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados. Las entidades consorciadas deberán aportar un convenio en el que se recoja el porcentaje de participación de cada entidad en el proyecto, los derechos y obligaciones de cada agente participante, el sistema de gestión del presupuesto y de resolución de conflictos y deberá citarse expresamente que cada una de las entidades asume la responsabilidad directa y solidaria por la totalidad del proyecto. 

DOTACIÓN:

El importe de la subvención para el Instrumento A (proyectos) no podrá exceder de 120.000 euros; el importe de la subvención para el Instrumento B (micro-acciones) no podrá exceder de 30.000 euros. 

MÁS INFORMACIÓN:  

Consejería de Presidencia  
Calle Suárez de la Riva, 11
33007 Oviedo, Asturias
Teléfono985 10 68 51