Subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo 2021.

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 26 de abril de 2021

INFORMACIÓN:

Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo para 2021, a través de los siguientes instrumentos:

  • Instrumento A: Proyectos de desarrollo, los cuales tienen un carácter generalista y están dirigidos a financiar intervenciones de temporalidad anual con objetivos y población muy definida.
  • Instrumento B: Micro-acciones de desarrollo, definidas como intervenciones de dimensión económica de menor envergadura que los proyectos. 

CONVOCA:

Consejería de Presidencia 

REQUISITOS:

  • 1. Podrán ser entidades beneficiarias las Organizaciones no Gubernamentales que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Encontrarse inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias a fecha de presentación de la solicitud.
    • b) Haber comunicado cualquier modificación de los datos o documentos que afecten a los asientos recogidos en el artículo 4.3 del Decreto 270/2007, de 14 de noviembre, por el que se regula el funcionamiento y forma de acceso al Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Principado de Asturias.
  • 2. Podrán tener acceso a la subvención, los proyectos presentados por una agrupación de ONGD sin personalidad jurídica, que estarán sometidas a las obligaciones que para las mismas establece el artículo 11.3 de la LGS. En este caso, cada una de las entidades deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados.

 

Los miembros suscribirán en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta de la actividad subvencionada. En el documento constarán, entre otras estipulaciones, la voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria, la identificación del representante único, el nombre de la entidad líder, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación y el importe de la subvención a ejecutar por cada uno de los beneficiarios. El documento estará firmado por el representante legal de cada una de las ONGD integrantes de la agrupación.

Se determinará una ONGD líder, que será única y plenamente responsable de la agrupación ante la Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo, sin perjuicio de la responsabilidad de los otros miembros de la agrupación, tal y como establecen los artículos 11 y 53 de la LGS, que será la que tendrá la representación de la misma en el expediente que se abra con la solicitud, y se designará su domicilio a efectos de notificaciones administrativas

DOTACIÓN:

El importe global máximo de las ayudas será de 2.765.000 euros.

El importe de la subvención para el Instrumento A (proyectos) no podrá exceder de 120.000 euros; el importe de la subvención para el Instrumento B (micro-acciones) no podrá exceder de 30.000 euros. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Consejería de Presidencia
Edificio "Calatrava"
Calle Eduardo Herrera "Herrerita", S/N
33006 Oviedo, Asturias
Tfno.- 985 10 55 00 (Centralita)