PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 13 de agosto de 2020
INFORMACIÓN:
La Fundación Municipal de Servicios Sociales convoca subvencionespara la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés general en el municipio de Gijón durante el año 2020, en los términos señalados en el anexo específico correspondiente a cada una de las distintas Líneas de subvenciones que se convocan:
- Línea 1, “Subvenciones para asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y/o sociosanitario”
- Línea 2, “Subvenciones para asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores para el desarrollo de proyectos dirigidos al colectivo de personas mayores”.
CONVOCA:
Fundación Municipal de Servicios Sociales
REQUISITOS:
Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de
carácter social con personalidad jurídica propia, que desarrollen sus actividades en el ámbito de esta convocatoria dentro del
concejo de Gijón/Xixón para la realización de proyectos de interés general, en los términos señalados en el Anexo específico
correspondiente a cada una de las Líneas de subvenciones.
Para ser beneficiarios/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
- 1.- En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en los
Registros Municipales de Asociaciones y de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón, con un antelación de seis (6) meses a
contar desde a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- 2.- En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el
Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate.
- 3.- No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las
mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, por
incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (B.O.E del 18 de noviembre).
- 4.- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de
Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de
deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de
Resolución de concesión de las subvenciones.
- 5.- Hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado,
mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo dispuesto en la Ley General
de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
- 6 No ser beneficiario/a de ninguna subvención nominativa del Ayuntamiento de Gijón/Xixón o de cualquiera de sus
organismos autónomos en el mismo ejercicio presupuestario.
DOTACIÓN:
La cuantía máxima de la convocatoria para el año 2020, es de 288.000,00 € de los cuales 200.000,00 € se encuentran destinados a:
Línea 1: “Subvenciones para asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y/o sociosanitario” y 88.000,00 € a la
Línea 2: “Subvenciones para asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores para el desarrollo de proyectos dirigidos al colectivo de personas mayores”.
MÁS INFORMACIÓN:
Fundación Municipal de Servicios Sociales
C/Palacio Valdés, 2
Gijón-33207
Tel. 985 182 851
mail: fmss@gijon.es