Subvenciones para Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro FMSS 2016

PLAZO SOLICITUD:
Hasta 11 de mayo de 2016

INFORMACIÓN:
La Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón publica la convocatoria de subvenciones para Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en 2016.Podrán concurrir como beneficiarios:

  • Asociaciones, Fundaciones y demás entidades sin fin de lucro de carácter social con personalidad jurídica propia, que desarrollen sus actividades en el concejo de Gijón.
  • Se trata de ayudas económicas para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés general en el municipio durante el año 2016 en las siguientes líneas de actuación.

LINEA 1: SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y DEMÁS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCREO DE CARÁCTER SOCIAL Y/O SOCIOSANITARIO.
  • Programas dirigidos a la infancia, adolescencia y familias.
  • Programas de prevención, promoción y apoyo a colectivos vulnerables o en situación de riesgo de exclusión social.
  • Programas dirigidos a la acogida e integración de personas inmigrantes.
  • Programas dirigidos a personas con discapacidad.
  • Programas dirigidos a la promoción de la salud y la atención a los problemas derivados de las drogodependencias.

LINEA 2: SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y DEMÁS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE PERSONAS MAYORES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS PARA LA 3ª EDAD:
  • Actividades que fomenten/incrementen la participación e integración social de las personas mayores y prevenir su aislamiento.

CONVOCA:

Fundación Municipal de Servicios Sociales del Gijó

REQUISITOS:

  • Las Asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en los Registros Municipales de Asociaciones y de fundaciones del Ayuntamiento de Gijón, con antelación de 6 meses a la fecha de presentación de las solicitudes.
  • Para personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y estar incluida en el Registro que corresponda.
  • No estar incursas en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones.
  • Tener justificados debidamente gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón y hallarse al corriente de pagos y obligaciones según la Ley General de Subvenciones y Ley General Tributaria.
  • No ser beneficiario/a de ninguna subvención nominativa del Ayuntamiento de Gijón o de cualquiera de sus organismos autónomos en el mismo ejercicio presupuestario.
  • Las entidades beneficiarias tendrán que aportar recursos propios a la financiación del proyecto/actividad como mínimo, de un 20% del presupuesto del mismo.

 

DOTACIÓN:

  • Cuantía global de 288.000 euros, repartidos en 200.000 € para programas de actuación dentro de la Línea 1 y 88.000 € destinados a la línea 2 de actuación.
  • El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podrá superar el 80% del coste final de la actividad subvencionada.
  • Por cada entidad, solamente se podrá solicitar subvención para un proyecto entre las 2 líneas de actuación convocadas.

SOLICITUDES: 

Se presentará en el Registro de la Fundación Municipal de Servicios Sociales, Registros del Ayuntamiento de Gijón o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/92, 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se presentará junto a la siguiente documentación:

  • Documentación relativa a la Asociación, Fundación, entidad y documentación acreditativa de la representación de la misma requerida en las bases.
  • Proyecto y presupuesto específico para el que se solicita ayuda según modelo del anexo II con extensión mínima de 5 folios por una cara.
  • Fichero de acreedores.

Plazo de solicitudes hasta el 11 de mayo de 2016

MÁS INFORMACIÓN: 

Fundación Municipal del Ayuntamiento de Gijón
C/ Palacio Valdés, 2 (Edificio Gota de Leche)
33206 Gijón (Asturias)
Tel.: 985 18 28 51

Convocatoria BOPA 11/04/2016 y bases reguladoras