Subvenciones dirigidas a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro del concejo de Gijón/Xixón.

PLAZO PRESENTACIÓN:

Hasta 1 de abril de 2025

INFORMACIÓN:

Se convocan subvenciones dirigidas a asociaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro del concejo de Gijón/Xixón para promover, apoyar, difundir y contribuir a conseguir la igualdad real y efectiva de las mujeres y a combatir la violencia ejercida contra ellas, ejercicio 2025.

Podrán ser entidades beneficiarias las asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y que realicen sus actuaciones en el municipio de Gijón/Xixón, las secretarías o departamentos de la mujer de sindicatos, partidos políticos, las vocalías de la mujer de las asociaciones de vecinos/as y de las federaciones de asociaciones de vecinos/as de Gijón/Xixón. Asimismo podrán ser beneficiarias otras entidades de carácter generalista, sin ánimo de lucro, siempre y cuando en sus estatutos se recoja de forma explícita el compromiso de la entidad con la promoción de las políticas de igualdad.

LÍNEA 1: DIRIGIDAS A ASOCIACIONES DE MUJERES Y OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE CONTEMPLEN EN SUS ESTATUTOS LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES -

  • MODALIDAD 1.1:
    • Publicaciones y Estudios de sensibilización y divulgación de las desigualdades entre mujeres y hombres, así como sus causas y consecuencias y las maneras de llegar a su cuestionamiento y deconstrucción. Objetivo: Sensibilizar a la población en general de la importancia de la igualdad de género.
    • Jornadas de visibilización y empoderamiento de las mujeres, jornadas de reflexión y debate, seminarios, conferencias, exposiciones, etc... Objetivo: Protección y defensa de los derechos de las mujeres. Sensibilizar a la población en general de la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres para combatir las desigualdades de género.
    • Cursos y talleres dirigidos exclusivamente a mujeres (hasta un máximo de 80 horas formativas) para promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Formación dirigida al empoderamiento y a la toma de conciencia por parte de las mujeres de las desigualdades de género y el apoyo para superarlas. Objetivo: Promover el empoderamiento de las mujeres y fortalecer las capacidades en el ejercicio de derechos como ciudadanas.
  • MODALIDAD 1.2:
    • Actividades de asesoramiento individual o grupal (exclusivamente para mujeres residentes en Gijón) dirigidas a combatir la discriminación múltiple que padecen las mujeres en situación de especial vulnerabilidad (mujeres inmigrantes, mujeres con discapacidad, víctimas de violencia de género, agresiones sexuales…). Objetivo: Eliminar la discriminación múltiple de las mujeres. Protección y defensa de los derechos de las mujeres.
      No se admitirán actividades de carácter permanente: sólo se podrá solicitar subvención para el desarrollo de proyectos concretos y específicos que no representen o supongan la actividad ordinaria y general de la entidad.
      El proyecto deberá tener una denominación concreta, será de duración determinada y temporalizada y detallará una relación de actividades concretas y específicas. Las actividades, programas o proyectos deberán estar claramente diferenciadas de acciones que ya estén subvencionadas por otras Administraciones Públicas. Cada entidad podrá presentarse a un máximo de dos modalidades, solo se podrá presentar un proyecto por cada modalidad. No podrá solicitarse el mismo proyecto a dos modalidades diferentes.

LÍNEA 2: DIRIGIDA EXCLUSIVAMENTE A LAS VOCALÍAS DE LA MUJER DE LAS ASOCIACIONES DE VECINOS/AS Y LAS VOCALÍAS DE LA MUJER DE LAS FEDERACIONES DE ASOCIACIONES VECINALES DE GIJÓN.

  • MODALIDAD 2.1: Talleres y cursos. No se subvencionarán talleres ni cursos ya desarrollados a través del Programa FEMENINO Y PLURAL. Asimismo y con el fin de evitar duplicidades en la oferta de actividades del Ayuntamiento de Gijón, no se subvencionarán proyectos que ya están presentes en los programas de otros servicios municipales (Bibliotecas, Fundación de Cultura). Objetivo: Fomentar la participación, autonomía y empoderamiento de las mujeres.
  • MODALIDAD 2.2: Jornadas de encuentro y reunión. Conferencias: Tales como Jornadas de encuentro y reunión con representantes de otra Vocalía o Asociación de Mujeres para intercambio de experiencias y buenas prácticas. Conferencias y debates sobre temas de igualdad de género. Objetivo: Sensibilizar sobre la necesidad de la participación para favorecer la igualdad de género, el empoderamiento y la autonomía, así como para eliminar la discriminación de las mujeres y crear redes entre Vocalías y Asociaciones de Mujeres.
  • MODALIDAD 2.3: Promover la memoria histórica de las mujeres de los barrios y parroquias de Gijón: Realización de un estudio, elaboración de materiales, realización de exposición, video y/o publicación que refleje la labor realizada por las mujeres como protagonistas de la memoria colectiva de los barrios y parroquias. Objetivo: Visibilizar la labor y trayectoria de las vocalías.
    Cada vocalía podrá presentarse a un máximo de dos modalidades, solo se podrá presentar un proyecto por cada modalidad. No podrá solicitarse el mismo proyecto a dos modalidades diferentes.

CONVOCA:

Ayuntamiento de Gijón

REQUISITOS:

1. Podrán ser entidades beneficiarias las asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y que realicen sus actuaciones en el municipio de Gijón/Xixón, las secretarías o departamentos de la mujer de sindicatos, partidos políticos, las vocalías de la mujer de las asociaciones de vecinos/as y las vocalías de la mujer de las federaciones de asociaciones vecinales de Gijón/Xixón. La presente convocatoria va dirigida a Vocalías de la Mujer de las Entidades Vecinales por lo que la responsabilidad de la elaboración y gestión del proyecto y de la subvención es de las mujeres integrantes de la Vocalía. Teniendo en cuenta la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, la solicitud y demás documentos a aportar a través del Registro Electrónico serán enviados con los certificados digitales de las personas responsables de la Asociación Vecinal, dado que las Vocalías no tienen entidad jurídica. A estos efectos el Anexo I: Modelo de Solicitud de subvención puede venir firmado por la persona responsable de la Asociación Vecinal pero el Anexo VI: Modelo Proyecto Línea 2 deberá venir firmado por la responsable de la Vocalía de la Mujer manualmente o digitalmente. Podrán ser beneficiarias otras entidades de carácter generalista, sin ánimo de lucro, siempre y cuando en sus estatutos se recoja de forma explícita el compromiso de la entidad con la promoción de las políticas de igualdad.

2. Para ser beneficiarias de las ayudas o subvenciones, todas las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • 1. Estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y tener sede o delegación permanente en el Municipio.
  • 2. No estar incursas las personas jurídicas o las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiarias de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 3. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de no ser deudoras del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus Organismos Autónomos y entidades de derecho público dependientes, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, liquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de acuerdo de la concesión, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento, no exceda de 3.000 €, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal, siendo suficiente como medio de acreditación la declaración responsable de este requisito en el modelo de solicitud que acompañe a las convocatorias.
  • 4. Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus organismos autónomos y hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones.

DOTACIÓN:

Cuantías máximas de las subvenciones:

  • LÍNEA 1:
    • Modalidad 1.1: 3.000 euros.
    • Modalidad 1.2: 3.000 euros.
  • LÍNEA 2:
    • Modalidad 2.1: 3.000 euros.
    • Modalidad 2.2: 3.000 euros.
    • Modalidad 2.3: 3.000 euros.

MÁS INFORMACIÓN:

Ayuntamiento de Gijón
Pl. Mayor, S/N, Centro,
33201 Gijón, Asturias
Teléfono:
985 18 11 05