PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta 22 de julio de 2020
INFORMACIÓN:
El gobierno ha puesto en marcha un paquete de ayudas extraordinarias para hacer frente a la crisis en el empleo que ha producido el coronavirus. Una de ellas es el subsidio para personas jóvenes con contratos temporales que han perdido su empleo.
Se trata de un subsidio que tendrá una duración en principio de un mes, ampliable si el gobierno lo decide mediante Real Decreto-ley.
El subsidio excepcional consistirá en una ayuda mensual de unos 431 euros, el 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente.
El subsidio de desempleo excepcional será incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.
CONVOCA:
SEPE
REQUISITOS:
- Encontrarse inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo y suscribir el compromiso de actividad. Durante la vigencia del estado de alarma, la inscripción como demandante de empleo se realizará de oficio por el servicio público de empleo competente, a instancia del SEPE.
- No contar con la cotización necesaria para acceder a otra prestación o subsidio por desempleo.
- Haber cesado de forma involuntaria, a partir del 15 de marzo de 2020, en un contrato por cuenta ajena de duración determinada durante el cual existierá la obligación de cotizar por desempleo y cuya vigencia haya sido igual o superior a dos meses.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año).
- No ser perceptora de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.
- No estar trabajando por cuenta propia o ajena a jornada completa en la fecha de la extinción del contrato ni en la fecha del nacimiento del subsidio excepcional.
MÁS INFORMACIÓN:
SEPE
Tel. 900 81 24 00