PLAZO SOLICITUD:
Hasta 2 de junio de 2017
INFORMACIÓN:
El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés general en el municipio de Gijón durante el año 2017, en los términos señalados en el anexo específico correspondiente a cada una de las distintas Líneas de subvenciones que se convocan:
- Línea 1, “Subvenciones para asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de carácter social y/o sociosanitario”
- Línea 2, “Subvenciones para asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro de personas mayores para el desarrollo de proyectos para la tercera edad”.
Cada entidad solicitante solamente podrá obtener subvención de una de las Líneas de subvención
convocadas.
CONVOCA:
Fundación Municipal de Servicios Sociales
REQUISITOS:
Para ser beneficiarios/as de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- 2.1.- En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e
inscritas en los Registros Municipales de Asociaciones y de Fundaciones del Ayuntamiento de Gijón, con
un antelación de seis (6) meses a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- 2.2.- En el caso de otras personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso,
inscritas en el Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate.
- 2.3.- No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la
representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición
de beneficiario/a de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E del 18 de noviembre).
- 2.4.- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del
Ayuntamiento de Gijón/Xixón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes
del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de
apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones.
- 2.5 Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con
anterioridad por la Fundación Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón; hallarse
al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido
sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según
la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
- 2.6 No ser beneficiario/a de ninguna subvención nominativa del Ayuntamiento de Gijón/Xixón o de
cualquiera de sus organismos autónomos en el mismo ejercicio presupuestario.
MÁS INFORMACIÓN:
Fundación Municipal de Servicios Sociales
Calle Palacio Valdés, 2
33207 Gijón, Asturias
Teléfono: 985 18 28 51