PLAZO PRESENTACIÓN:
Será de quince días, a contar en función de cual sea la fecha de generación del derecho: bien desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPA o bien desde el día siguiente a producirse el nacimiento del derecho.
INFORMACIÓN:
La finalidad es facilitar ayudas económicas para sufragar los gastos de transporte del alumnado que curse enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o formación profesional básica.
Tipos de ayudas.
La cuantía de la ayuda en este supuesto se fijará en función del medio utilizado por el alumnado beneficiario que puede ser:
CONVOCA:
Consejería de Educación.
REQUISITOS:
Será beneficiario de la ayuda individualizada de transporte escolar aquel alumnado que, a la finalización del período de presentación de solicitudes establecidos en las respectivas convocatorias, cumpla los requisitos para ser usuarios de transporte escolar conforme a lo establecido en la Resolución de 17 de julio de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula la prestación del servicio de transporte escolar para el alumnado de centros docentes públicos no universitarios en el Principado de Asturias (BOPA 23/07/2013) o normativa, que en su caso la sustituya, y que existiendo rutas de transporte escolar en el centro educativo correspondiente, no pueda hacer uso de la mismas.
DOTACIÓN:
Según ayudas.
MÁS INFORMACIÓN:
Consejería de Educación.
Tel. 985105500