Ayudas al alquiler de vivienda. Principado de Asturias

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 5 de mayo de 2021

INFORMACIÓN:

Se publica la convocatoria de ayudas al alquiler, con la línea específica para emancipación joven, que gestiona la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

La línea de emancipación joven cuenta con un presupuesto 4,5 millones para facilitar la emancipación de menores de 35 años. Está dirigida a personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento 

CONVOCA:

Consejeria de Derechos Sociales y Bienestar

REQUISITOS:

  • Poseer la nacionalidad española. En el caso de los extranjeros deberán tener residencia legal en España.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En el caso de las personas jóvenes menores de 35 años, ser titular, en calidad de arrendataria, de un contrato de arrendamiento de vivienda en el Principado de Asturias, o estar en condiciones de suscribirlo en el plazo máximo de 2 meses desde la concesión de la ayuda, formalizado también en los términos de la Ley 29/1994.
  • Que la vivienda arrendada constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  • Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, no excedan los límites establecidos en las bases reguladoras.
  • Que la renta de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento no supere los 500 euros mensuales.
  • Que ninguna de las personas de la unidad de convivencia sea propietario u ostente un derecho real de uso y disfrute de alguna vivienda en España.
  • Ninguna de las personas de la unidad de convivencia tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el/ la arrendador/a de la vivienda, o sea socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador.
  • Que ninguna de las personas de la unidad de convivencia esté incursa en ninguna de las circunstancias previstas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. 

MÁS INFORMACIÓN:  

Consejeria de Derechos Sociales y Bienestar 
C/ Charles Darwin s/n
33005 Oviedo
985 10 65 65