PLAZO PRESENTACIÓN:
Hasta el 27 de marzo de 2026
INFORMACIÓN:
Esta Resolución tiene por objeto la convocatoria de la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio o a las actividades de formación deportiva del período transitorio de nivel I y la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las actividades de formación deportiva del período transitorio de nivel III; la prueba general para el acceso a los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de artes plásticas y diseño para quienes no reúnan los requisitos académicos; y la prueba de madurez para personas de entre 16 y 18 años de edad que no reúnan el requisito académico para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores de música.
CONVOCA:
Consejería de Educación
REQUISITOS:
- 1. Prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio o a las actividades de formación deportiva del período transitorio de nivel I:
- 1.1. Esta prueba tiene como finalidad permitir que quienes carecen del Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria puedan acceder a estas enseñanzas, siempre que reúnan los demás requisitos de carácter general y específico establecidos en el Real Decreto 1363/2007 y en la Orden ECD/158/2014.
- 1.2. La superación de esta prueba sustituye al Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria, a los efectos de acceso a todas las modalidades y especialidades de las enseñanzas deportivas de grado medio y de la formación deportiva del período transitorio de nivel I.
- 1.3. De conformidad con el artículo 32.1 del Real Decreto 1363/2007, las pruebas a las que se refiere esta convocatoria tendrán validez en todo el territorio nacional.
- 2. Prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las actividades de formación deportiva del período transitorio de nivel III:
- 2.1. Esta prueba tiene por finalidad permitir que quienes carecen del Título de Bachiller puedan acceder a estas enseñanzas, siempre que reúnan los demás requisitos de carácter general y específico establecidos en el Real Decreto 1363/2007 y en la Orden ECD/158/2014.
- 2.2. La superación de la prueba sustituye al Título de Bachiller, a los efectos de acceso a todas las modalidades y especialidades de las enseñanzas deportivas de grado superior y formación deportiva del período transitorio nivel III.
- 2.3. De conformidad con el artículo 32.1 del Real Decreto 1363/2007, las pruebas a las que se refiere esta convocatoria tendrán validez en todo el territorio nacional.
- 3. Prueba general para el acceso a los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de artes plásticas y diseño:
- 3.1. Esta prueba tiene como finalidad verificar que la persona aspirante posee la madurez en relación con los objetivos formativos del Bachillerato.
- 3.2. La superación de esta prueba permitirá optar a la prueba específica para el acceso a los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño, en cualquiera de los centros docentes del territorio nacional donde se cursen.
- 3.3. Asimismo, la superación de esta prueba tendrá validez para posteriores convocatorias relativas al acceso a los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de artes plásticas y diseño.