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Convocatorias de becas

Ayuda de 400 euros para estudiantes no universitarios con necesidad específica de recibir apoyo educativo

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 20 de septiembre de 2023

INFORMACIÓN:

Se convocan, para el curso 2023-2024 las siguientes ayudas individualizadas:

  • a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales. También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.
  • b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.
  • c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
  • d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.¡

También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.  

CONVOCA:

Minsiterio de Educación y FP

REQUISITOS:

A) Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a), b) y d) del artículo 1, para lo que deberán reunir los siguientes requisitos:

  • 1. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2022. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  • 2. Estar escolarizado en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • 3. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
    • a) Educación Infantil.
    • b) Educación Primaria.
    • c) Educación Secundaria Obligatoria.
    • d) Bachillerato.
    • e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
    • f) Enseñanzas artísticas profesionales.
    • g) Ciclos Formativos de Grado Básico.
    • h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
    • i) Otros programas formativos de formación profesional a los que se refiere la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero.
  • 4. Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante los certificados que correspondan (consultar convocatoria)
  • 5. Además, para obtener los subsidios al que se refiere el artículo 1 b) se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente a fecha 31 de diciembre de 2022. 

B) Los alumnos con TEA no incluidos en la letra A) anterior podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a), b) y d) del artículo 1 de esta convocatoria, para lo que deberán reunir los requisitos exigidos en los apartados 1, 2 y 3 anteriores, aportar certificado médico expedido por los servicios de salud sostenidos con fondos públicos y acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.  

DOTACIÓN:

400 euros 

MÁS INFORMACIÓN:

Minsiterio de Educación y FP 
C/ de los Madrazo, 15
28014-Madrid
Tel. 910 837 937

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