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Convocatorias de becas

Becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer 2022-2023

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 12 de abril de 2022

INFORMACIÓN:

La finalidad de las becas consiste en contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la igualdad de trato entre mujeres y hombres y la erradicación de las distintas formas de violencia contra la mujer por razón de género.

La duración de cada una de las becas de formación abarcará desde la fecha de incorporación establecida en la resolución de concesión hasta el 15 de agosto de 2023. 

CONVOCA:

Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género 

REQUISITOS:

Podrán concurrir a la presente convocatoria las personas físicas, con plena capacidad de obrar, que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: 

  • a) Estar en posesión del título universitario de grado correspondiente exigido para cada una de las becas (Grado en Derecho, Sociología, Ciencias Políticas o Antropología Social y/o Cultural para la beca 28001; Grado en Derecho o Criminología para la beca 28002; Grado en Sociología, Ciencias Políticas, Antropología Social y/o Cultural, Periodismo, o Comunicación Audiovisual para la beca 28003; Grado en Comunicación Audiovisual o Periodismo para la beca 28004; y Grado en Estadística (Estadística, Estadística Aplicada, Estadística y Empresa), Administración y Dirección de Empresas, Matemáticas, Sociología, Informática o Economía para la beca 28005), o en su caso certificación supletorio emitida por la universidad correspondiente, habiendo finalizado dichos estudios en el año 2019 o posterior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán haber sido homologados o reconocidos al concluir el plazo de presentación de las solicitudes.
  • b) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea al concluir el plazo de presentación de solicitudes. Las personas candidatas que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar dominio suficiente de la lengua castellana para el correcto desempeño de las funciones y tareas a desarrollar.
  • c) Encontrarse en situación de desempleo en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.
  • d) Las personas solicitantes no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en particular, deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, no podrán haber disfrutado con anterioridad de otras becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y/o en el ámbito de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género y de sus Organismos públicos adscritos.  

DOTACIÓN: 

  • a) Una asignación de 1.050,00€ brutos mensuales o cantidad proporcional al número de días que en el mes de inicio o finalización se haya disfrutado de cada beca.
  • b) Una única asignación de 600,00€ brutos anuales para gastos asociados a la beca, a la que podrán imputarse gastos derivados de la participación en actividades formativas relacionadas con las materias que constituyan el objeto de la beca, tales como coste de la inscripción y gastos de transporte, alojamiento y manutención. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
Teléfono 91.524.35.76/97
Email: observatorio-violencia_arroba_igualdad.gob.es  

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