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Convocatorias de empleo

Pruebas de selección para Guardas Rurales y sus especialidades.

PLAZO PRESENTACIÓN: 

  • Del 7 al 20 de marzo de 2022.
  • Del 5 al 18 de septiembre de 2022 

INFORMACIÓN:

Podrán participar en las pruebas y son destinatarios de la presente convocatoria:

  • a) Los aspirantes a guardas rurales y a sus especialidades de guarda de caza o guardapesca marítimo que acrediten haber superado los respectivos módulos profesionales deformación correspondientes a la modalidad común de guarda rural y, en su caso, de la especialidad o especialidades a las que concurran, en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad o que hayan presentado declaración responsable y que cuenten con profesores acreditados por la Comisión de Valoración del Profesorado de Seguridad Privada en el ámbito de la Guardia Civil.
  • b) Los aspirantes a las especialidades de guarda de caza o guardapesca marítimo que, previa solicitud y expedición de la correspondiente Tarjeta de Identidad Profesional, tengan la condición de guardas rurales o se encuentren en trámites para ello y acrediten haber superado los respectivos módulos profesionales de formación correspondientes a las especialidades a las que concurran en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad o que hayan presentado declaración responsable y que cuenten con profesores acreditados por la Comisión de Valoración del Profesorado de Seguridad Privada en el ámbito de la Guardia Civil.   

CONVOCA:

Minsiterio del Interior 

REQUISITOS:

  • a) Ser mayor de edad.
  • b) Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  • c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales o superiores.
  • d) Poseer la aptitud psicofísica necesaria para el ejercicio de las funciones de guarda rural, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 2487/1998 de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
  • e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • f) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, o vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores.
  • g) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
  • h) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
  • i) Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos específicos en los centros de formación para guardas rurales y sus especialidades.  

MÁS INFORMACIÓN:

Minsiterio del Interior 
Paseo de la Castellana, 5
28010 Madrid
Tel. 060 

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