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Convocatorias de becas

Becas para estudiantes de estudios postobligatorios, curso 2019-2020

PLAZO PRESENTACIÓN:

  • El 1 de octubre de 2019, inclusive, para los estudiantes no universitarios.
  • 15 de octubre de 2019, inclusive, para los estudiantes universitarios 

INFORMACIÓN:

El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca becas para estudiantes que en el curso académico 2019-2020, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.

Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando: 

  • 1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional.
  • 2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:

CONVOCA:

Ministerio de Educación y Formación Profesional 

REQUISITOS:

a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, quienes estén en posesión de un título oficial de Grado que haya sido adscrito al nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Diplomado que haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (Máster) del MECES, podrán ser beneficiarios de beca para cursar enseñanzas conducentes a un Título oficial de Máster universitario Asimismo, quienes estén en posesión de un título oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Maestro que haya obtenido la correspondencia con el nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) podrán ser beneficiarios de beca para cursar Créditos complementarios o complementos de formación necesarios para la obtención del Título oficial de Grado.

b) Cumplir los requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, así como los que se fijan en el Real Decreto 430/2019, de 12 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2019-2020.

c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español que se enumeran en el artículo 3 de esta Resolución.

d) Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta  propia o ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de matrícula.  

DOTACIÓN:

Las becas constan de una cuantía fija ligada a la renta del solicitante de 1.600 euros y de otra de 1.500 euros vinculada a la residencia del alumno. Además, se establece entre 50 y 125 euros en función del rendimiento académico, una cuantía variable cuyo importe mínimo será de 60 euros y una beca básica de 200 euros para estudiantes no universitarios. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Ministerio de Educación y Formación Profesional 
Los Madrazo, 15.
28014 Madrid
Teléfonos: 910 837 937 y 060

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