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Convocatorias de becas

Becas de formación práctica en Sanidad de la Producción Agraria.

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 12 de agosto de 2019

INFORMACIÓN:

El objeto de la presente orden es convocar para el ejercicio 2019 nueve becas de formación práctica, para graduados, diplomados, licenciados, ingenieros téria Acnicos o superiores, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las funciones de la Dirección General de Sanidad de la producción Agraria, en las siguientes áreas de conocimiento:

  • a) Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal con conocimientos en prevención y lucha contra plagas agrícolas y forestales, redes de vigilancia fitosanitarias, autorización y utilización de productos fitosanitarios; uso sostenible de productos fitosanitarios; e higiene y trazabilidad en productos agrícolas y forestales.
  • b) Sanidad e Higiene Animal, con conocimientos en materia de programas sanitarios de vigilancia y control de enfermedades animales, redes de alerta sanitaria veterinarias, trazabilidad e identificación ganadera, gestión de subproductos y autorización de productos zoosanitarios.
  • c) Acuerdos Sanitarios y Controles en fronteras, con conocimientos en materia de comercio exterior agrícola y ganadero, criterios técnicos y negociación para la apertura de mercados exteriores, y controles en los puntos de inspección en fronteras.

La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnicoprofesional en materia de la sanidad de la producción agraria.  

El período de duración del programa de formación de las becas será de un año natural.

CONVOCA:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación 

REQUISITOS:

  • a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, residente legal en España, en los que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la respectiva convocatoria, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • b) Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que no se trate de candidatos españoles o hispanoamericanos y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años. La acreditación del dominio del idioma español en tales casos, podrá realizarse de manera documental, a través de certificados de entes públicos o privados que garanticen un nivel, al menos, B1, de acuerdo con el Marco común europeo de referencia para las lenguas.
  • c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de solicitudes, el título universitario de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con cada modalidad de becas, especificadas en los correspondientes artículos del capítulo II.
  • Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad con el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.
  • d) Haber finalizado los estudios indicados en el apartado anterior en los seis años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria, para la que se solicite la beca, en el «Boletín Oficial del Estado».
  • e) No estar incurso en ninguna de las circunstancias y prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 

DOTACIÓN:

1.150 euros brutos mensuales 

MÁS INFORMACIÓN: 

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación 
Paseo de la Infanta Isabel, 1
28014 Madrid
Tel. 91 347.5368 y 91 347.5724 

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