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Convocatorias de becas

Plazas de Coordinadores Generales de la Cooperación Española

PLAZO PRESENTACIÓN: 

Hasta 30 de marzo de 2017

INFORMACIÓN:

Se convocan 20 puestos de trabajo de Coordinadores/as Generales de la Cooperación Española, que se recogen en el anexo I de esta convocatoria, en el que se señalan los puestos que están vacantes o la fecha prevista de finalización de los contratos. En ningún caso se formalizarán contratos mientras los puestos estén ocupados.

Los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación española ocuparán las plazas previstas en el Catálogo de Personal Laboral de la AECID en el exterior y prestarán servicios en las Oficinas Técnicas de Cooperación española, integradas en la Embajada de España. Bajo la dirección de los Jefes/as de Misión se ocuparán de dirigir las Oficinas Técnicas de Cooperación y su personal, gestionando los recursos económicos y los programas de cooperación de la AECID en el país que corresponda, contribuyendo a la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de las actuaciones de la cooperación española en dicho país.

CONVOCA:

AECID 

REQUISITOS:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Estar en posesión del título de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a superior, o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. Conocimiento mínimo, de un nivel B1, del idioma que se recoge en el anexo I en función del puesto/s de trabajo de que se trate.
  • Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  • No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
  • No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. 

MÁS INFORMACIÓN: 

Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Centro de información.
Avenida Reyes Católicos, nº 4
28040 Madrid.
Tel. 900 20 30 54 
e-mail: centro.informacion@aecid.es 

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