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Subvenciones

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas dirigidos a la prevención y a la incorporación social de colectivos en riesgo de exclusión social.

PLAZO SOLICITUD:

Hasta 18 de julio de 2016

INFORMACIÓN:

Convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo, durante el ejercicio 2016, de programas dirigidos a la prevención y a la incorporación social de colectivos en situación o en riesgo de exclusión social.

Se considerarán programas específicos a subvencionar, en el marco del Plan Autonómico de Inclusión Social, los siguientes:

  • 1) Programas integrales que desarrollen medidas de acompañamiento y formación encaminadas a la integración personal, social y laboral de mujeres en situación o en riesgo de exclusión social.
  • 2) Programas integrales dirigidos a favorecer la incorporación social de la población de etnia gitana en situación o en riesgo de exclusión que incluyan medidas de acompañamiento para el acceso normalizado a los sistemas públicos de protección social, con actuaciones transversales en las áreas de educación, salud y empleo, atendiendo especialmente a la educación infantil y la enseñanza obligatoria, singularmente en el caso de niñas y adolescentes, así como a la incorporación social de las mujeres.
  • 3) Programas integrales de apoyo a la incorporación social de la población reclusa y ex-reclusa, con especial atención a la situación de las mujeres, que incluyan medidas de acompañamiento social, que planifiquen itinerarios formativo-laborales, y/o que faciliten el acceso al disfrute de permisos penitenciarios, el tránsito a la vida en libertad o al cumplimiento de medidas alternativas a las penas de prisión, atendiendo a las singularidades de colectivos especialmente vulnerables como personas drogodependientes o personas con discapacidades psíquicas.
  • 4) Programas integrales para favorecer la incorporación social de personas que se dedican a la prostitución o son víctimas de trata con fines de explotación sexual, que contemplen medidas de asesoramiento y acompañamiento en el uso de dispositivos y recursos públicos y privados, incluyendo la cobertura de las necesidades básicas de vestido y alimentación, actividades de acercamiento, formación de pares y otras encaminadas a la disminución de riesgos, así como itinerarios formativo-laborales.
  • 5) Programas integrales para favorecer la incorporación social de personas con problemas de drogodependencias, que incluyan medidas de acompañamiento social e itinerarios formativo-laborales.
  • 6) Programas integrales destinados a la incorporación social de personas sin hogar y sin alojamiento digno, que incluyan medidas de acompañamiento social e itinerarios formativo-laborales.
  • 7) Otros programas no destinados a colectivos específicos y dirigidos a la incorporación social de personas en situación o riesgo de exclusión social, planteados desde la transversalidad, que incluyan medidas de acompañamiento social para el acceso a los recursos existentes y programas formativo-laborales destinados a personas que no acceden a las acciones formativas normalizadas. 

CONVOCA:

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

 

REQUISITOS:

Podrán concurrir a la convocatoria las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social en el ámbito descrito en estas bases, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y que reúnan los siguientes requisitos:

 

  • 1. Estar legalmente constituidas.
  • 2. Carecer de fin de lucro, circunstancia ésta que debe constar de forma explícita en sus estatutos constitutivos.
  • 3. Tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de los estamentos vinculados al servicio prestado.
  • 4. En el caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales, que comprendan el balance, la cuenta de resultados y la memoria de la situación financiera y de los resultados de la fundación, de acuerdo con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
  • 5. No haber dado lugar al reintegro o haber renunciado a la subvención para el mismo programa, por no haber realizado éste, en el año inmediato anterior a la convocatoria pública, siempre que el importe solicitado por la entidad para el desarrollo del programa coincidiese con el concedido por la Administración.
  • 6. No haber rechazado la misma subvención, sin causa justificada, en la convocatoria inmediata anterior.
  • 7. Haber justificado debidamente las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
  • 8. No ser deudoras de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigidas.

MÁS INFORMACIÓN:

Consejería de Servicios y Derechos Sociales
C/ Alférez Provisional 3.

33005 Oviedo
Tel: 985 10 55 00/5500

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